El pleno de la Asamblea Nacional aprobó el martes en tercer debate, el Proyecto de Ley 243, que modifica artículos del Código Judicial y que pretende establecer y regular los términos de los despachos de asuntos dentro de los tribunales, Salas y el pleno de la Corte Suprema de Justicia.
El magistrado Harley Mitchell presente durante la aprobación del proyecto, expresó que la iniciativa permite rescatar al Órgano Judicial en materia de transparencia, decencia y “prontitud” para la administración de justicia.
Mitchell explicó que el documento, en el cual se fusionaron cuatro proyectos destaca la transparencia que debe rendir el Órgano Judicial, que anualmente debe entregar un informe sobre la cantidad de demandas procesadas y las demandas pendientes.
Además se establece que durante los primeros 10 días de cada año, los magistrados deben presentar un informe patrimonial.
Entre algunas modificaciones al tema de plazos, la iniciativa detalla que de cumplirse el término para presentar el proyecto de sentencia, sin oportunidad de la elaboración, el magistrado sustanciador podrá solicitar “una sola prórroga” de hasta quince días.
Además establece que de cumplirse los términos establecidos en los artículos 519 y 520 del Código Judicial o la única prórroga de quince días para presentar proyecto de resolución, el magistrado sustanciador podrá ser separado del conocimiento del proceso por el presidente de la Corte o la Sala y delegar el asunto al magistrado que le siga en orden alfabético de apellidos.
Dicha propuesta también ordena que las audiencias del Órgano Judicial son públicas, excepto aquellas jurisdicciones que por ley deben mantener reserva de las causas por razón de protección de las partes, y podrán transmitirse por los medios de comunicación del Estado en todo el país o por medios que lo soliciten.
FUENTE: Irma Rodríguez Reyes