A partir del próximo año los conductores que transiten las calles de Panamá podrían ser sometidos a pruebas de consumo de droga durante los operativos que realiza la Dirección de Operaciones del Tránsito de la Policía Nacional.
Ismael Herrera, director de la Policía de Tránsito informó que actualmente estudian la posibilidad de que en los próximos meses se puedan comprar los equipos tecnológicos que permitan realizar la prueba sobre el consumo de estupefaciente a los conductores.
Según Herrera la iniciativa que está contemplada dentro del Reglamento del Tránsito, surge producto de que en muchas ocasiones cuando quienes van al volante son sometidos a la prueba de embriaguez comprobada marcan cero, "sin embargo están en unas condiciones alteradas que no son normales y muchas veces sospechamos que están bajo efecto de algún estupefaciente".
El director de la Policía de Tránsito explicó que la prueba será con el uso de un aparato similar a la herramienta utilizada para por los médicos para el análisis de las glándulas, en un proceso manual, donde se le coloca el instrumento a los conductores en la boca por unos 30 segundos a un minuto, y luego se realiza una comprobación a través de un aparato que parece una tostadora que determina si hubo o consuma de drogas.
En cuanto al tema de las sanciones dijo que en lo que va del año ha habido un aumento sustancial en cuanto a las infracciones de tránsito, entre ellas exceso de velocidad, hablar por celular y principalmente embrigauez comprobada con más de 2 mil infracciones en los últimos meses.
El director de Operaciones del Tránsito de la Policía Nacional señaló que en la prueba de alcohol se pueden detectar tres niveles diferentes y que para cada una hay un procedimiento diferente. A continuación los distintos niveles que puede determinar la prueba:
Cuando el resultado es de 0 a 24 representa un nivel tolerante, debido a que la persona solo ha consumido dos cervezas o dos copas de vino, puede seguir conduciendo sin ninguna sanción.
Si la prueba resulta en niveles de entre 24 a 40, se considera aliento alcohólico debido a que el conductor pudo haber consumido cerca de cuatro cervezas, en este caso se le coloca una multa de 150 dólares, pero puede seguir conduciendo porque se asume que está clínicamente en condiciones para seguir conduciendo.
De 41 en adelante la persona se encuentra en embriaguez comprobada y se le retiene el vehículo, además se le impone una sanción económica.
Explicó que el nivel del alcohol que puede representar una persona al volante al momento de la prueba de alcoholemia depende de diferentes variables, como respuesta del organismo a la bebida, si comió o no antes de beber, la forma en cómo se ingirió, la velocidad para liberar el producto según el funcionamiento del organismo, incluso puede influir el tiempo que las personas tienen sin consumir bebidas alcohólicas.
Las pruebas de alcohol a los conductores se realizan por medio de la respiración, según indicó Herrera, a la vez que dijo que el oponerse a la realización representa un grave indicio en su contra, y aunque no es obligación que el conducto se la practique, de igual forma pueden remover el vehículo en grúa, además cuentan con prubeas de campo que permite determinar si el conductor está o no bajo los efectos del alcohol.
FUENTE: Ricardo Richards