La ACODECO informó que la nueva ley 473 de 2025 busca reforzar las normas sobre publicidad de productos y servicios que adquiere el consumidor. Esta legislación establece que todos los comercios o canales de venta de bienes deben colocar, de forma clara, precisa y en un lugar visible al público, el precio total del producto.
Nueva Ley 473 para comercios
ACODECO destacó que es fundamental que tanto los comercios como los compradores comprendan que el precio anunciado debe incluir todos los cargos correspondientes a impuestos y tasas nacionales legalmente establecidas.
Asimismo, la ley prohíbe que los proveedores adopten prácticas que puedan inducir al consumidor a confusión, error o engaño relación con los precios. En este sentido, el proveedor está obligado a recibir únicamente el monto que haya sido anunciado públicamente.
Normativa sobre la propina
La normativa también aclara que la propina o gratificación por el servicio prestado es voluntaria y no debe incluirse como cargo adicional al precio convenido, salvo en el caso de servicios precontados donde se especifique expresamente el dicho cargo.
En el caso de ventas especiales, como rebaja, liquidación, baratillo, descuento o similares, debe mostrarse en un lugar visible el precio más bajo del producto.
Para conocer la Ley 473, que modifica dos artículos de la Ley 45 de 2007, puede acceder al texto oficial aquí.