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Panamá Nacionales -  2 de septiembre de 2026 - 14:07

¡Atención, herederos del CEPANIM! MEF anuncia cuándo atenderá los casos de beneficiarios fallecidos

El MEF informó que los herederos de beneficiarios fallecidos del CEPANIM que ya hicieron su reclamo serán atendidos entre octubre y noviembre de 2026.

Por Noemí Ruíz

Los herederos de beneficiarios fallecidos del Certificado de Pago Negociable de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (CEPANIM) que ya realizaron el reclamo correspondiente deberán mantenerse atentos a las próximas convocatorias del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La atención de estos casos está prevista para finales de octubre y durante noviembre, según informó Ana Matilde Amado, secretaria general del MEF, durante una entrevista concedida a SERTV Noticias.

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MEF prepara atención para herederos de beneficiarios fallecidos

Amado explicó que los familiares o herederos que ya presentaron el reclamo correspondiente deberán esperar las próximas convocatorias que realizará el Ministerio de Economía y Finanzas para continuar con el proceso.

La atención de estos casos se desarrollará una vez avance el cronograma establecido por la institución para la entrega de los certificados.

Más de 88 mil beneficiarios han recibido certificados

Durante la entrevista, la secretaria general del MEF presentó un balance del proceso de entrega del CEPANIM. De acuerdo con las cifras divulgadas, en aproximadamente dos meses y medio se han entregado 254 mil certificados a 88 mil beneficiarios, por un monto total de B/.58 millones.

El proceso de entrega comenzó el 15 de junio en la provincia de Panamá y el 22 de junio en el resto del país. Aproximadamente la mitad de las entregas realizadas hasta el momento se han concentrado en la provincia de Panamá.

¿Cuándo serán atendidos los herederos del CEPANIM?

Los herederos de beneficiarios fallecidos que ya realizaron el reclamo correspondiente deberán estar atentos a las comunicaciones oficiales del MEF.

Según la información dada a conocer por Ana Matilde Amado, la atención para estos casos está contemplada para:

El MEF deberá informar oportunamente las fechas, mecanismos y convocatorias correspondientes para la atención de los herederos.

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