Panamá Nacionales -  17 de marzo de 2022 - 10:15

Ciudadanos cubanos que retornen a su país no necesitarán visa de tránsito en Panamá

Aquellos que tengan residencia o visa vigente de determinados Estados tampoco necesitarán la visa de tránsito en Panamá.

Anteriormente, el decreto establecía que la visa era necesaria para todos los cubanos en tránsito hacia otro destino o de retorno a Cuba; sin embargo, con la nueva normativa en lo siguientes casos habrá excepciones:

  • Ciudadanos cubanos que viajen hacia Cuba
  • Ciudadanos que tengan residencia o visa con vigencia no inferior a seis meses al momento de tránsito de estos países:
  • Canadá
  • Estados Unidos
  • Australia
  • República de Corea
  • Japón
  • Reino Unido
  • Singapur
  • Los Estados de la Unión Europea

"Todos los demás pasajeros o tripulantes con pasaporte cubano que requieran hacer tránsito por la República de Panamá, estarán sujetos a la visa para pasajeros o tripulantes de tránsito" dice el decreto.

De igual forma con este decreto se cambia la duración de la visa, previamente se había determinado que solo sería otorgada por un periodo máximo de 24 horas, pero ahora se extiende su vigencia por el tiempo que dure la medida, que de acuerdo con la normativa es por un periodo de tres meses.

Sin embargo, se debe destacar que durante su tránsito, el ciudadano cubano solo podrá permanecer en el área determinada por 24 horas.

Se debe recordar que esto empezará a regir desde su promulgación y esto fue precisamente el 16 de marzo. Los requisitos para el proceso de visado están constituidos en el Decreto Ejecutivo No. 19 del 8 de marzo del 2022.

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