El Ministerio Público informó este jueves que la Juez Lorena Hernández, del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, se acogió al término que dicta la Ley para emitir el auto de decisión con relación a la solicitud de llamamiento a juicio de los imputados por el caso de “Comida Deshidratada”.
Señala que la pena por este tipo de delito contemplado en el Código Penal panameño va de 8 a 15 años de prisión.
El Ministerio Público detalla que este caso está relacionado con irregularidades en el proyecto de “Compra de Alimentos Deshidratados para las escuelas oficiales en los corregimientos con mayor índice de pobreza en el año 2010”, a través del Programa de Ayuda Nacional (PAN), donde la lesión alcanza los 14.5 millones de balboas, según una auditoria realizada por la Contraloría General de la República.
Indica que en octubre de 2016 fue enviada la vista fiscal en este caso, en el que se estableció que ese proyecto no cumplió con el fin para el cual fue creado, de llevar comida a las escuelas ubicadas en lugares de difícil acceso y en condición de pobreza.