El diputado panameñista, Luis Carles, señaló que el tema de fondo sobre la revocatoria de mandato no es un asunto en el que puedan legislar los diputados, alegó que la Constitución se los prohíbe en su artículo 163.
El diputado mencionó que la revocatoria por parte de electores podría ser una posibilidad, pero no mientras esté en contra de la norma constitucional, porque a su juicio esto crearía un limbo jurídico.
"Por supuesto que el objetivo feliz, que se está discutiendo en la doctrina internacional es que los electores sean los que revoquen el mandato de los diputados o autoridades electas por votación popular, pero si no existe la norma no la puedes descabezar", precisó.
Además, expresó que el presidente debería objetar esta norma y si en todo caso llega a la Corte Suprema de Justicia, este órgano tendría que declarlo inconstitucional.
Yo espero que si eso va a la corte, objetivamente se atienda la inconstitucionalidad que aparece porque objetivamente el artículo 163 de la cosntitución le veda a los diputados la facultad de meterse a legislar sobre temas constitucionales
Se debe recordar que el pasado 15 de marzo en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, en medio de la discusión sobre el proyecto de ley para realizar modificaciones a la ley electoral, se aprobó un artículo que gaurda relación con la revocatoria de mandato.
De acuerdo con el artículo aprobado, aplicar la revocatoria de mandato no le correspondería a los partidos políticos.
El diputado Carles fue uno de los que salvó su voto en la introducción de esta norma.




