La Ley 438 del 14 de junio de 2024, establece un bono permanente para jubilados y pensionados con pensiones inferiores a B/. 350.00, cuya implementación comenzará en el año fiscal siguiente a su entrada en vigencia. Este beneficio está dirigido a los beneficiarios del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y de Riesgos Profesionales de la Caja de Seguro Social (CSS).
Según el artículo 3 de la ley, los jubilados y pensionados recibirán anualmente tres bonificaciones: dos pagos de cincuenta balboas (B/.50.00) cada uno en los meses de abril y agosto, y un tercer pago de cuarenta balboas (B/.40.00) en diciembre. En total, los beneficiarios recibirán un bono anual de B/.140.00.
Bono permanente a jubilados y pensionados será por Tesoro Nacional
El financiamiento del Programa de Beneficios Permanentes estará a cargo del Tesoro Nacional, y el Órgano Ejecutivo incluirá en el Presupuesto General del Estado las partidas necesarias para cubrir estos pagos. Los fondos provendrán del 30.77% del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas, según lo establecido en el artículo 7-A de la Ley 45 de 1995.
El artículo 5 de la Ley 438 señala que "Los desembolsos de los beneficios permanentes para jubilados y pensionados se harán efectivos el año fiscal siguiente a la entrada en vigencia de la presente Ley". Esto significa que los primeros pagos se realizarán en 2025.
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Para saber si eres elegible para el bono, debes estar inscrito en las planillas de pago de la CSS al momento de la entrada en vigencia de la ley y tener una pensión inferior a B/. 350.00. La implementación de este bono representa un avance significativo en el apoyo económico a los jubilados y pensionados, buscando mejorar su calidad de vida.
Para más información, puedes consultar la Gaceta Oficial - Ley 438.