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Procurador Caraballo concluye que es inconstitucional fallo del TE sobre fuero penal electoral de Martinelli

Según Caraballo, este fallo que revoca el levantamiento del fuero penal electoral al expresidente, viola cinco artículos de la Constitución de la República.

Este pronunciamiento de Caraballo surgió por solicitud de la magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López, quien lleva la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Héctor Herrera sobre este fallo.

De acuerdo con Caraballo, este fallo, que tuvo la aprobación de los magistrados Alfredo Juncá y Heriberto Araúz, viola los artículos 4, 18, 32, 142 y 143, numeral 3, de la Constitución de la República, dado que ambos decidieron sobre un tema “alejado de su competencia", lo que condujo a "generar una motivación errática de la decisión”.

La jueza tercera liquidadora de Causas Penales, Baloísa Marquínez, había solicitado al Tribunal Electoral el levantamiento del fuero penal electoral de Ricardo Martinelli; posteriormente la juez segunda administrativa electoral levantó la figura mediante la Resolución 2-2022 de 23 de febrero. Sin embargo, la defensa de Martinelli presentó un recurso de apelación contra la decisión y mediante la Resolución 2-2022 de 22 de marzo de 2022, los Magistrados del TE decidieron revocar el levantamiento del fuero penal electoral.

El magistrado Eduardo Valdés salvó su voto alegando que el caso era solicitado por lo relacionado con un partido que no existía cuando fueron realizadas las denuncias contra Martinelli por los casos Odebretch en 2015 y New Business en 2017.