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PANAMÁ Nacionales -  27 de marzo de 2014 - 18:12

Panamá prohíbe ingreso de circos con animales silvestres

La Autoridad Nacional de Ambiente (ANAM), mediante la Resolución N° AG-0149 del 27 de febrero de 2014 , publicada en Gaceta Oficial el pasado 26 de marzo, prohíbe el ingreso a la República de Panamá, de animales silvestres de cualquier especia u origen, que formen parte o se vayan a exhibir circos fijos e itinerantes, espectáculos públicos, entretenimientos y otras organizaciones similares.

Asimismo, los animales domésticos que ingresen con los circos deberán cumplir con todas las medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud (Minsa) y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA).

En la misma se aclara que esta prohibición no será aplicada a aquellos animales silvestres que sean destinados a zoológicos nacionales y a productos zoocriaderos, colecciones privadas y centros de rescate legalmente registrados ante la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM).

Los servidores públicos de la ANAM, Autoridad Nacional de Aduana (ANA), Dirección de Salud Animal y Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) y de la Policía Nacional (PN); serán los responsables de cumplir y hacer cumplir la prohibición dispuesta en esta resolución.

Para los circos fijos e itinerantes, espectáculos, entretenimiento y afines, se dará un plazo de dos meses para que abandonen el terrirorio nacional de encontrarse en el país, al momento de entrar en vigencia esta Ley.

Esta decisión se fundamenta en la Ley 14 del 28 de octubre de 1977, Ley 5 del 3 de enero de 1989, Ley 24 del 7 de junio de 1995, Ley 41 del 1 de julio de 1998 y la Constitución de la República.

FUENTE: Marilyn Cejas

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