El abogado Francisco Carreira explicó que la respuesta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no es un fallo, sino una opinión consultiva, es decir una respuesta a una consulta hecha por Costa Rica, y agregó que la misma no es vinculante a Panamá.
Según Carreira, ninguna opinión consultiva representa un fallo porque no hay ningún conflicto o controversia, y de igual forma Panamá no está obligada a adoptarla, porque el mismo no es vinculante, incluso dijo que ni siquiera Costa Rica está obligada a acatar la opinión de la CIDH.
Indicó que en caso tal que documento fuera un fallo el mismo no es de obligatoriedad para los panameños debido a que no puede ser vinculante a países que no han comparecido en el caso.
El jurista sostiene que los señalamiento de que Panamá está obligado a acatar el supuesto fallo es parte de un campaña internacional que busca crear presión con la intención de decirle a la Corte Suprema de Justicia que debe ignorar sus facultades de interpretar la Constitución y regirse por lo que diga la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Indicó que la figura ideal para los panameños sería un acuerdo de convivencia donde las personas manifiesten su intención de establecer una unión y de adquirir bienes y esto se debe lograr a través de una ley por medio de la Asamblea Nacional.
FUENTE: Ricardo Richards