Conducir sin portar la licencia en Panamá puede generar una multa de B/. 50.00, además de la retención del vehículo, según lo establece el Reglamento de Tránsito de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).
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ATTT advierte multa de B/. 50 por conducir sin portar licencia
El artículo 132 del reglamento prohíbe a los conductores:
- Portar una licencia deteriorada o ilegible.
- Utilizar una licencia que no corresponda al tipo de vehículo que conduce.
- Manejar con licencia vencida, suspendida o cancelada.
- No portar la licencia al momento de conducir.
Las autoridades reiteran que el incumplimiento de estas normas puede derivar en sanciones económicas y medidas administrativas.
Vigencia de la licencia en Panamá
El reglamento establece que la licencia de conducir tiene una vigencia de cuatro años para la mayoría de los conductores. Sin embargo, las personas mayores de 70 años deberán renovar el documento cada dos años, conforme lo dispone el artículo 117.
Permiso provisional para menores de edad
La normativa también contempla que jóvenes mayores de 16 años pueden solicitar un permiso provisional para conducir automóviles particulares y motocicletas.
Este permiso es válido hasta que el conductor cumpla los 18 años y permite manejar únicamente en un horario restringido entre 6:00 a.m. y 9:00 p.m., según lo establece el artículo 118.
Llamado a cumplir las normas de tránsito
La ATTT recuerda a los conductores la importancia de mantener la documentación vigente y portar la licencia al momento de conducir, con el objetivo de evitar sanciones y contribuir a la seguridad vial en el país.




