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Panamá Nacionales -  15 de agosto de 2021 - 10:06

CCIAP pide hacer una revisión concienzuda de la Ley 122 de incentivos a inversiones turísticas

CCIAP recomienda revisar el alcance de la Ley 122 para orientarla a las ocho áreas de interés definido dentro del Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020–2025.
Por Nimay González

La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) indicó este domingo la necesidad de que se realice una revisión a la Ley 122 de 2019 que establece normas de incentivos para el fomento de las inversiones turísticas en Panamá.

“Como gremio apoyamos y promovemos las iniciativas encaminadas a estimularlo (el turismo) y a asegurar su competitividad frente a otros destinos, pero sin dejar por ello de reconocer que los intereses del país, como un todo, deben primar sobre los intereses particulares e incluso sectoriales. En ese contexto, luego de un profundo proceso de análisis, hemos concluido que la Ley 122 de 2019 sobre incentivos para el fomento de la actividad turística requiere de una revisión concienzuda por parte del Órgano Ejecutivo”, señala la CCIAP en su comunicado dominical La Cámara Opina.

Menciona entre los aspectos que deben ser revisados, la contemplación de presentar estudios fiscales que midan el impacto de los proyectos que obtendrían el beneficio, ante lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe establecer topes de acuerdo con su capacidad para absorber el sacrificio fiscal correspondiente.

“Para empezar, recomendamos revisar su alcance con el fin de orientarla puntualmente a las ocho áreas de interés definido dentro del Plan Maestro de Turismo Sostenible 2020–2025. Además, diferenciar entre producto turístico y desarrollo hotelero, y aquellos proyectos inmobiliarios o residenciales que, más que ayudar al turismo, podrían plantear una competencia desleal al sector”, manifiesta el gremio.

Añade que también es necesario hacer una revisión de los requisitos y obligaciones, además los términos de fiscalización y sanciones, deben plantearse de forma clara, así como si los créditos fiscales se van a otorgar al inicio de la obra, es vital que el desarrollador presente fianzas de cumplimiento, además de estudios de factibilidad y viabilidad, certificaciones o auditorías por profesionales idóneos.

“De igual forma, se deben establecer mecanismos para medir el impacto social en materia de generación de empleos directos e indirectos, efecto multiplicador de la inversión y beneficio en las comunidades. Finalmente, por tratarse de fondos públicos, toda la información y elementos que se sometan a consideración para la aplicación del crédito fiscal deben ser de carácter público”, agrega la CCIAP.

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