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Panamá Nacionales -  27 de agosto de 2024 - 12:32

Matrimonio de Hecho: ¿Cuántos años de convivencia se requieren para aplicar?

El Tribunal Electoral de Panamá define los requisitos para el reconocimiento legal del matrimonio de hecho.

Por Jovanna Peralta

El Tribunal Electoral (TE) de Panamá, conforme al artículo 53 del Código de la Familia, ha establecido los requisitos necesarios para que una pareja pueda obtener el reconocimiento de matrimonio de hecho. Este reconocimiento es fundamental para aquellas parejas que han convivido como si estuvieran casadas sin haber formalizado su unión a través de un matrimonio legalmente registrado.

Requisitos para el reconocimiento de matrimonio de hecho:

¿Qué es un matrimonio de hechos?

El matrimonio de hecho se define como una forma de convivencia en la que una pareja vive junta, compartiendo responsabilidades y bienes, manteniendo una relación estable y duradera, similar a la de un matrimonio formal, pero sin estar registrado legalmente.

El Tribunal Electoral enfatiza que el cumplimiento de estos requisitos es esencial para que la unión sea reconocida oficialmente, garantizando así el acceso a los derechos y beneficios correspondientes a las parejas que han mantenido una relación estable y duradera.

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