El diputado de la bancada independiente Gabriel Silva presentó este lunes ante el Pleno de la Asamblea Nacional un proyecto de ley para modificar un artículo del Código Procesal Penal relacionado al juzgamiento a diputados.
La iniciativa propone que las causas contra diputados puedan resolverse con mayoría simple de votos, o sea 5 - 4, tal como para el resto de los ciudadanos.
"Es claro y es evidente que hay una desigualdad entre diputados y el resto de los ciudadanos. El Artículo 495 del Código Procesal Penal establece, que para condenar a un diputado en la Corte Suprema de Justicia se requieren dos tercios de los votos, para cualquier otro ciudadano simplemente se necesita la mayoría simple, es decir para un diputado serían seis votos a favor de la condena, para un ciudadano normal serían cinco", expresó Gabriel Silva.
"Lo que yo creo que es llamativo de esto es que ninguna otra decisión de la Corte Suprema de Justicia requiere dos tercios, todas las otras, inclusive las de constitucionalidad de una normativa requiere simple mayoría, cinco votos, pero para juzgar y condenar a un diptuado se requieren seis", señaló.
Gabriel Silva insistió en que "es importante hacer las modificaciones necesarias, no solamente para generar confianza en el sistema, sino para que sea un sistema vertical, un sistema correcto, en donde no se trata a ciertos ciudadanos de una forma porque tienen algún privilegio o cargo público, y a otros de otra manera, es importante que todo ciudadano, como bien lo establece la Constitución, no tenga ni fueros ni privilegios".
En Panamá, los juzgamientos a diputados por delitos que se le atribuyan son competencia de la Corte Suprema de Justicia; mientras que los procesos contra magistrados de la CSJ son competencia de la Asamblea Nacional. Magistrados y diputados se juzgan entre sí.
La discusión sobre las causas contra diputados se retoma ante la reciente decisión del Pleno de la Corte que declaró no culpable al diputado Arquesio Arias, acusado de delitos sexuales. Uno de los cargos contra Arias era por actos libidinosos, del que 5 de 4 magistrados lo encontraron culpable, sin embargo se requerían 2/3 parte de los votos, o sea 6 votos de los 9, para ratificar su culpabilidad. Aunque hubo más votos de culpabilidad, por tratarse de una mayoría no calificada, Arias se libró de la condena.