Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se entiende como sujetos obligados no financieros como la fiscalización por la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos no Financieros del MEF, Dayra de Carrizo, superintendente del departamento menciona que entre los sujetos no financieros están los casinos, las zonas francas, constructoras, inmobiliarias, el sector de abogados, agentes residentes, contadores cuando tienen actividades específicas.
Dayra de Carrizo, explica que “en el 2020 mediante la Ley 124 se crea la Superintendencia de Sujetos no Financieros que tienen tiene el mismo estatus que la Superintendencia de Bancos, de Valores, o de Seguros, para completar esa cadena de prevención de blanqueo de capitales”.
¿Cuáles son las actividades Profesionales Supervisadas?
Según la Superintendencia de Sujetos no Financieros del MEF, las actividades realizadas por Profesionales Sujetas a Supervisión son:
Los abogados, contadores públicos autorizados y notarios sólo estarán sujetos a supervisión de la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros cuando en el ejercicio de su actividad profesional realicen en nombre de un cliente o por un cliente las actividades siguientes:
- Compraventa de inmuebles.
- Administración de dinero, valores bursátiles u otros activos del cliente.
- Administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores.
- Organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de compañías.
Por otro lado, la superintendente de Sujetos no Financieros, menciona que el deber del departamento es regular a los sujetos obligados no financieros, ellos tienen que cumplir con tener todos los mecanismo para la prevención de actividades”.
La Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros, fue creada mediante Ley 23 de 27 de abril de 2015, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, que tendrá a su cargo en la vía administrativa la supervisión y regulación de sujetos obligados no financieros y actividades realizadas por profesionales sujetas a supervisión, referente a la prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.