A eso de las 10:00 p.m. de ayer martes, el Tribunal de Apelación del Primer Distrito Judicial de Panamá, al resolver una acción constitucional de hábeas corpus decidió declarar legal la limitación de movilidad de arresto domiciliario impuesta como medida cautelar personal al alcalde separado de La Villa de Los Santos a Eudocio "Pany" Pérez.
En el acto de audiencia, que estuvo presidido por la magistrada Yiles Pitti en compañia de los magistrados Miriam Jaén y Viterbo Quintero se dio lectura al informe de contestación del hábeas corpus presentado por el juez de Garantías Josefa Monfante.
Monfante fundamentó como necesario y proporcional su decisión de imponer como medida cautelar el arresto domiciliario y la separación del cargo como alcalde, en las audiencias celebradas el pasado mes de septiembre de 2017, basándose en que se tratan de delitos graves.
Además de la existencia de peligro inminente de fuga y de posible pérdida de evidencia. Aunado a lo anterior, el informe de la juez Monfante refiere que dichas medidas fueron ya revisadas por otra juez de Garantías y por el mismo Tribunal de Apelaciones.
Posteriormente, el defensor particular que solicitó la acción, Pablo Pérez Campos argumentó que hubo afectación de garantías, por cuanto a su criterio la aprehensión de su cliente fue ilegal, “tomando en consideración que el mismo gozaba de fuero penal electoral, para lo cual presentó certificación del Tribunal Electoral (TE) y del Partido Revolucionario Democrático (PRD),”, indicó un comunicado del Órgano Judicial.
Agregó que su defendido está amparado por la ley 106 de 1963, que a su entender protege a los alcaldes y representantes de corregimientos de cualquier persecución política contra ellos, para lo cual citó una serie de fallos y casos seguido a otros alcaldes.
Por su parte, la fiscal Primera Superior Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, Xiomara Rodríguez, advirtió en primera instancia que no consta en carpetilla acreditación del abogado Pérez como representante legal del hoy imputado.
"Además que la aprehensión fue debidamente sometida al control de legalidad, y que existe una certificación del Tribunal Electoral que acredita que el imputado no gozaba del fuero penal electoral, máxime que no se intervino el celular de Pérez. Finalmente se reiteró de los peligros procesales que afectaría el desarrollo de la investigación", indicó un comunicado del OJ.
El abogado defensor anunció recurso de apelación a la decisión del Tribunal de Apelaciones, por lo que se concedió la misma en el efecto suspensivo y se dispuso sea remitido a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Cabe señalar que Pérez y otros nueve imputados son investigados en la estructura de una red criminal de narcotráfico y blanqueo de capitales develada en el caso denominado El Gallero, que operaba utilizando rutas de Los Santos y Chiriquí.
FUENTE: Odalis Núñez