Cristal Lawson, asesora legal del Despacho Superior del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) aclaró que pese a la suspensión de los Carnavales en Panamá, se acata el artículo 46 del Código de Trabajo que establece el Martes de Carnaval como día de descanso obligatorio remunerado. Indicó que el 15 de febrero, lunes de carnaval será un día regular de trabajo y no habrá día puente.
Mitradel aclara remuneración salarial del Martes Carnaval y no habrá día puente
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