El Ministerio de Salud (Minsa) emitió el Decreto Ejecutivo N.° 17 del 11 de agosto de 2025, que regula la expedición, verificación y trazabilidad de los certificados médicos de incapacidad en todo el país. La normativa entrará en vigencia el 12 de octubre de 2025.
Según el decreto, solo médicos y odontólogos idóneos estarán autorizados para emitir los certificados, que podrán entregarse en formato impreso o electrónico, debiendo llevar numeración continua y sucesiva.
Certificado de incapacidad podrá ser impreso o electrónico
Cada certificado deberá incluir:
- Número de registro otorgado por el Consejo Técnico de Salud.
- Nombre completo del profesional emisor.
- Dirección y teléfono del establecimiento donde se expide.
- Fechas y horas exactas de inicio y fin de la incapacidad.
Los certificados también deberán archivarse en el expediente clínico del paciente, acompañados del diagnóstico y detalles de la atención recibida, garantizando un respaldo médico verificable.
La abogada Yeris Nielsen explicó que el objetivo del decreto es prevenir falsificaciones y asegurar que las incapacidades médicas estén debidamente sustentadas. Con esta regulación, el Minsa busca garantizar la validez legal y sanitaria de los documentos y reforzar los mecanismos de control para evitar fraudes.