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Panamá Nacionales -  13 de marzo de 2026 - 14:02

Pago del CEPANIM en Panamá: ¿cuántos jubilados y pensionados lo recibirán en 2026?

El MEF informó dio a conocer cuantos panameños podrán cobrar el CEPANIM, por un monto estimado de B/.250 millones.

Por Noemí Ruíz

Cerca de 424,596 panameños podrán cobrar el Certificado de Pago Negociable por Intereses por Mora (CEPANIM), según informó el Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá (MEF).

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El monto total estimado para estos pagos asciende a B/.250 millones, una cifra que, de acuerdo con analistas y representantes de jubilados, podría contribuir a dinamizar la economía nacional.

“Más de 420 mil personas recibirán el CEPANIM, lo que representa más de 250 millones de dólares. Esto sin duda contribuirá a dinamizar la economía”, expresó Guillermo Cortés, del Movimiento Mundos de Jubilados. “Más de 420 mil personas recibirán el CEPANIM, lo que representa más de 250 millones de dólares. Esto sin duda contribuirá a dinamizar la economía”, expresó Guillermo Cortés, del Movimiento Mundos de Jubilados.

CEPANIM: habilitarán plataforma para registrar a beneficiarios

El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá anunció que en abril de 2026 se habilitará una plataforma digital para que los beneficiarios del CEPANIM puedan registrarse. La información fue confirmada por Carmen Jaén, de la Dirección de Programación de Inversiones (DPI).

A través de este sistema, los beneficiarios deberán:

Cómo funcionará el proceso

Según explicó Carmen Jaén, el sistema será “amigable y de fácil uso”. Además, se publicará un video explicativo con el paso a paso para facilitar el registro. Una vez que la persona complete el procedimiento:

La entrega de certificados iniciará a partir de junio de 2026, de acuerdo con el cronograma del MEF.

cepanim-jubilados

Qué ocurre si el beneficiario fallece

El Ministerio de Economía y Finanzas de Panamá aclaró que, en caso de fallecimiento del beneficiario del CEPANIM, el derecho al cobro no se pierde. El pago podrá ser reclamado por:

Para ello, los familiares deberán presentar documentos que acrediten el parentesco, así como el acta de defunción.

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