La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) implementará acciones fiscalizadoras en todo el país, para aquellos comerciantes que violen la ley 187 el cual regula la reducción y el reemplazo progresivo del plástico de un solo uso.
El monto de la sanción según la autoridad, dependerá del tamaño de los comercios; funcionará de la siguiente manera:
Hasta 3 trabajadores - Multa de B/.250.00
De 3 a 10 trabajadores - Multa de B/.500.00
Más de 10 trabajadores o cadenas - Multa de B/.1,000.00
Distribuidoras - Multa de B/.2,000.00
Lo que establece la ley 187
Establece la eliminación progresiva en Panamá de 11 artículos de plástico de un solo uso. Su implementación inició en julio de 2021 con la prohibición de uso y comercialización de hisopos plásticos, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos de cocktail plásticos, palillos plásticos para caramelos y anillos plásticos para latas.
La tercera y última etapa de este proyecto sobre la eliminación de plásticos de un solo uso entra en vigencia el 31 de diciembre del año 2023, con la eliminación del uso y comercialización de carrizos de plástico.
Dicha Ley regula la reducción y el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso en el país, el cual tiene distintas etapas de implementación.
El Ministerio de Ambiente, tendrá que elaborar un Plan Estratégico Nacional para la reducción de los plásticos de un solo uso y lo actualizará cada seis años con la participación de entidades públicas y a través de mecanismos de participación ciudadana.