El presidente José Raúl Mulino, sancionó la Ley 546 de 31 de agosto de 2026, la cual exonera del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) la compra de la primera vivienda nueva cuyo valor no supere los B/. 120,000.00.
Tasas aplicables al excedente de B/. 120 000.00:
-
Más de B/. 120,000.00 hasta B/. 130,000.00: 0.50%
Más de B/. 130,000.00 hasta B/. 150,000.00: 1.00%
Más de B/. 150,000.00 hasta B/. 170,000.00: 1.40%
Más de B/. 170,000.00 hasta B/. 190,000.00: 1.60%
Más de B/. 190,000.00 hasta B/. 200,000.00: 1.80%
Las primeras operaciones de venta de viviendas nuevas que se formalicen a partir de la entrada en vigencia de la norma podrán acogerse al beneficio fiscal, aun cuando el permiso de ocupación haya sido expedido con anterioridad. Para ello, la transacción deberá formalizarse dentro de los 30 meses siguientes a la fecha de expedición de dicho permiso y cumplir con las demás condiciones legales establecidas.