La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 226, que amplía los beneficios y descuentos dirigidos a jubilados, pensionados y personas de la tercera edad.
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¿Cuánto es el descuento para jubilados en internet?
De acuerdo con el proyecto aprobado, el descuento para el servicio de internet residencial será del 30 %, siempre que la tarifa establecida en el contrato no supere los B/.50.00 mensuales.
Es decir, el beneficio está sujeto a un límite en el valor de la tarifa contratada.
Ejemplo
Si un jubilado tiene un contrato de internet residencial de B/.40.00, el 30 % de descuento equivaldría a B/.12.00, por lo que pagaría B/.28.00, antes de cualquier otro cargo aplicable.
Si la tarifa contractual supera los B/.50.00, según el texto suministrado, no se cumpliría la condición establecida para este descuento.
¿Cuánto es el descuento en el servicio de agua?
El proyecto también contempla un 30 % de descuento en la tarifa de agua potable, siempre que el consumo mensual no supere los B/.30.00.
Por ejemplo, sobre una factura de agua de B/.20.00, el descuento sería de B/.6.00, para un pago de B/.14.00.
¿Y el descuento para data de teléfono y cable?
Este punto requiere especial atención.
En la información proporcionada sobre el Proyecto de Ley 226 no aparece especificado un porcentaje de descuento para la data de teléfonos celulares ni para el servicio de televisión por cable.
Por ello, no recomendaría titular que los jubilados tendrán 30 % de descuento en data y cable hasta contar con el texto definitivo de la ley o una fuente oficial que establezca expresamente esos beneficios y sus condiciones.
Beneficios también para comercios
La iniciativa busca ampliar los beneficios para jubilados, pensionados y personas de la tercera edad en establecimientos habilitados para la venta de medicamentos y otros servicios.
Además, la modificación al artículo 6 de la legislación establece que los descuentos otorgados bajo estas disposiciones podrán ser deducidos al 100 % como crédito fiscal del impuesto sobre la renta, de acuerdo con las condiciones contempladas en la normativa.
Esto permitiría a los contribuyentes compensar el impuesto correspondiente al período fiscal en el que se generen esos descuentos.