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Panamá Nacionales -  17 de julio de 2024 - 16:11

El Órgano Ejecutivo buscará el manejo del traslado de partidas con modificación al presupuesto 2024

El Órgano Ejecutivo aprobó un proyecto de ley que busca modificar varios artículos de la Ley 418, el cual dicta el presupuesto del año fiscal 2024.

Por Ana Canto

El Órgano Ejecutivo buscará manejar los traslados de partidas en el Presupuesto General del Estado para el resto del año 2024, hasta un monto de 5 millones de dólares, tras la aprobación del proyecto de ley que modifica diversos artículos de la Ley 418, el cual dicta el presupuesto de este año fiscal.

De acuerdo con el Consejo de Gabinete, liderado por el presidente José Raúl Mulino, la administración de los traslados ha estado en manos de la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional durante los últimos años.

Entre los objetivos de esta modificación, según el Ejecutivo, se destaca evitar vincular los intereses políticos con el manejo del presupuesto nacional.

Modificaciones de la Ley 418: traslados de partidas

En los casos de emergencia nacional declarada por el Consejo de Gabinete, se faculta al Órgano Ejecutivo, a través del MEF, para realizar traslados de partidas por un monto de hasta B/. 10,000,000.00.

No se podrá dividir la asignación presupuestaria del objeto del gasto de la partida presupuestaria en partes o grupos con el fin de que el monto objeto del traslado no alcance los B/. 5,000,000.00.

Modificaciones de la Ley 418: Asignaciones de los viáticos en el exterior

Se requerirá la autorización del Ministerio de la Presidencia para el viaje con no menos de 15 días de antelación a la fecha de la partida, con una serie de justificaciones como objeto del viaje, los resultados esperados, el costo del viaje desglosado en transporte y viáticos del funcionario, entre otros requisitos.

Más información referente al proyecto de ley al ingresar al siguiente enlace: Consejo de Gabinete aprueba proyecto de ley que le restablece al Ejecutivo el manejo de los traslados de partidas en el Presupuesto.

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