Panamá Nacionales -  10 de octubre de 2025 - 11:36

Pago de intereses del CEPADEM: ¿Qué falta para que jubilados lo cobren?

El fallo de la CSJ permite el pago de intereses del CEPADEM. Jubilados y pensionados esperan detalles sobre el desembolso y fuentes de financiamiento.

Noemí Ruíz
Por Noemí Ruíz

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró constitucional la Ley 727, que establece el pago de los intereses acumulados del CEPADEM, ha generado expectativas entre jubilados y pensionados en Panamá. Sin embargo, aún se desconocen los plazos y el mecanismo exacto para el desembolso.

Fallo de la CSJ habilita pago de intereses del CEPADEM

El ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, indicó que es necesario realizar un análisis detallado de las fuentes de financiamiento, revisando instituciones como CIACAP, PRA y la Caja de Seguro Social (CSS), para garantizar que los pagos se realicen de manera justa.

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“Hay que hacer los análisis correspondientes para poder hacerle frente a los ciudadanos de manera justa”, señaló Chapman. Por su parte, el presidente José Raúl Mulino evitó ofrecer detalles sobre cómo y cuándo se realizará el pago, aunque aseguró que se respetará lo dictado por la Corte.

¿Quiénes recibirán el pago del CEPADEM?

  • Jubilados y pensionados que laboraron entre 1972 y 1983.
  • Trabajadores activos del sector público y privado con derecho según la Ley 727.
  • Herederos o sobrevivientes de trabajadores fallecidos que tenían derecho al pago.

La normativa ordena que los montos pendientes sean reconocidos, descontando lo que ya haya sido pagado previamente, asegurando que cada beneficiario reciba el total de lo que le corresponde.

Con esta medida, el Gobierno busca dar cumplimiento a un fallo histórico, que pone fin a décadas de espera de los beneficiarios del CEPADEM y marca un precedente importante en la justicia social en Panamá.

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