La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) ha implementado un nuevo mecanismo legal que permitirá la cancelación inmediata del registro y patente de navegación de embarcaciones de la flota mercante nacional que sean incluidas en listas de sanciones internacionales. Esta medida, establecida mediante el Decreto Ejecutivo N°512, fue publicada en Gaceta Oficial el 18 de octubre de 2024.
El decreto aplica a naves o propietarios registrales que figuren en las siguientes listas:
- La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
- Las listas de personas y entidades relacionadas con el terrorismo y su financiamiento del Consejo de Seguridad de la ONU.
- Las listas de sanciones financieras consolidadas de la Unión Europea y del Reino Unido.
DGMM presenta recomendaciones a la Autoridad Marítima de Panamá
La Dirección General de Marina Mercante (DGMM) presentará un reporte al Administrador de la AMP recomendando la cancelación del registro de la nave afectada, quien emitirá una resolución motivada para autorizar el proceso. Si la embarcación tiene hipotecas registradas, se mantendrá la inscripción para proteger los derechos de los acreedores, notificándose además a las instituciones financieras involucradas.
El decreto prohíbe a las Organizaciones Reconocidas bajo la jurisdicción panameña brindar servicios de clasificación o certificación a los buques en proceso de cancelación. Con esta medida, la AMP busca minimizar los riesgos derivados de embarcaciones cuyos propietarios o actividades hayan sido sancionados a nivel internacional.