El presidente de la Comisión de Credenciales Nacional, Roberto Ábrego, catalogó este martes como injusta, la norma que prohíbe a los diputados suplentes ejercer cargos públicos remunerados en instituciones del Estado. “La verdad es que si a mi me preguntan sobre la existencia de esta norma constitucional, es sumamente injusta, es incluso violatoria a los derechos humanos, que un suplente a diputado lo condenen porque ejerce esporádicamente, muy temporalmente el cargo del principal, no pueda ejercer entonces un cargo remunerado, es una condena económica terrible, injusta” , señaló. Sin embargo, reconoció que la norma es muy clara en señalar que mientras el diputado y el suplente a diputado esté ejerciendo el cargo no puede aceptar otro cargo remunerado en el Estado, y que el solo hecho de aceptarlo produce automáticamente la pérdida absoluta del cargo o curul. Agregó que ante esto, se está contemplando introducir en las reformas al Reglamento Orgánico del Régimen Interno del Órgano Legislativo, una modificación de manera que los suplentes a diputados puedan estar comprendidos dentro de las indicaciones que la propia sentencia indica que tiene que se a través de ley y no a través de la Junta Directiva, que fue lo que permitió la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se pronunciara sobre la inconstitucionalidad del párrafo tercero del Artículo 224 del Régimen Interno de la Asamblea Nacional. A raíz el fallo de la CSJ, la Contraloría General de la República, ordenó la inmediata suspensión del pago de salario, dietas y combustible, a 16 diputados suplentes de la Asamblea Nacional que laboran en otras entidades del Estado.
Ábrego considera injusta norma que prohíbe a diputados suplentes ejercer cargos públicos remunerados
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