Varios han sido los casos en que promotores y organizadores de eventos han decidido contratar a artistas extranjeros para abrir los conciertos en Panamá. Dicha acción violenta la legislación, ya que la Ley 10 de 1974 y el Decreto Ejecutivo 38 de 1985 señalan que: "En cada contratación de un artista extranjero deberá alternar un artista o agrupación panameña en igualdad de condiciones, incluyendo la promoción y publicidad de ambos artistas".
FUENTE: Telemetro Reporta