El Pleno de la Asamblea Nacional (AN) aprobó en tercer y último debate el proyecto de Ley 548 que amplía el alcance del fuero de maternidad hasta el padre y concede vacaciones anticipadas en caso de fallecimiento de la madre.
De acuerdo con el proyecto, cuando la mujer esté embarazada y no esté laborando, el cónyuge gozará de fuero de paternidad, no podrá ser despedido de su empleo público o privado por los meses que dure la gestación y luego del parto por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la ley.
La iniciativa también indica que en caso de muerte de la madre durante el parto o en los días o meses siguientes, el cónyuge que cuente con empleo público o privado gozará de fuero de paternidad hasta cumplirse el término de un año a partir del parto y además tendrá derecho a 15 días hábiles de vacaciones anticipadas, luego de cumplir con el tiempo de duelo que establezca la norma.
Si el padre está laborando por contrato definido o contrato de obra, el tiempo de vacaciones adelantadas será proporcional al derecho según el tiempo de contrato.
El fuero de paternidad no implica el congelamiento de la relación laboral, señala el proyecto, pues el trabajador o servidor público aforado puede ser desvinculado de su empleo si se configura una justa causa, de terminación del contrato laboral, y previa autorización del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), en el sector privado, es decir aplican las mismas cusas que se requieren en el fuero de maternidad.
Para efectividad de la ley, el cónyuge deberá aportar los siguientes requisitos:
- Que el menor a quien busca proteger la norma sobreviva. De no sobrevivir el menor se entiende extinto el fuero de paternidad.
- Aportar certificado de embarazo de la cónyuge o a la conviviente.
- Probar que llevan dos o más años de convivencia en condiciones de singularidad y estabilidad.
- Ser beneficiaria del sistema de seguridad social del trabajador o servidor público.
- Aportar certificado de embarazo de la cónyuge o la conviviente.
- Acreditar que la madre del menor dependa económicamente del cónyuge de forma parcial o total.
- Que la madre no cuente con un empleo formal. No podrán ambos progenitores beneficiarse de la protección del fuero, por ende, de mantener la madre un empleo formal y estar amparada por el fuero de maternidad queda sin efecto el fuero de paternidad.