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Panamá Nacionales -  19 de agosto de 2026 - 14:04

ITBMS a plataformas digitales: ¿quién pagaría el 7% en Panamá?

El proyecto 30-26 busca aplicar las reglas del ITBMS a determinadas operaciones digitales. Conozca quién pagaría el 7% y quién se beneficiaría.

Por Noemí Ruíz

El Gobierno de Panamá busca actualizar las reglas del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y Servicios (ITBMS) para adaptarlas al crecimiento de la economía digital y a las nuevas formas de comprar, contratar y utilizar servicios a través de plataformas y aplicaciones.

El Consejo de Gabinete aprobó enviar a consideración de la Asamblea Nacional el proyecto de ley 30-26, que modifica y adiciona disposiciones del Código Fiscal relacionadas con la tributación de determinadas operaciones de la economía digital.

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La propuesta no crea un nuevo impuesto, sino que plantea actualizar el alcance del ITBMS para determinadas operaciones realizadas mediante plataformas, aplicaciones y otros medios digitales.

ITBMS: ¿Quién se beneficiaría del 7%?

De aprobarse la iniciativa, el principal beneficiario de la ampliación de la recaudación sería el Estado panameño, que busca fortalecer sus ingresos tributarios y reducir espacios de erosión de la base fiscal.

El proyecto pretende establecer reglas más claras para determinar cuándo un bien o servicio digital se considera utilizado, consumido o aprovechado en Panamá.

Actualmente, la tarifa general del ITBMS es de 7% para los bienes y servicios sujetos a este impuesto, según la Dirección General de Ingresos (DGI).

Por lo tanto, el proyecto no plantea crear un “nuevo 7%”, sino establecer cómo se aplicaría el impuesto existente a determinadas operaciones de la economía digital.

¿Qué plataformas y servicios digitales estarían alcanzados?

La propuesta se enfoca en operaciones vinculadas con la economía digital, pero el texto suministrado no establece una lista específica de plataformas que automáticamente comenzarían a cobrar el 7%.

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El objetivo es determinar si una operación digital está vinculada con Panamá mediante diferentes indicadores que permitan establecer dónde se utiliza, consume o aprovecha el servicio.

Entre los criterios contemplados están:

Esto permitiría determinar cuándo una operación digital tiene conexión suficiente con el territorio nacional para efectos de la aplicación del ITBMS.

¿Por qué el Gobierno quiere aplicar estas reglas?

El proyecto plantea que la modernización del sistema tributario frente a la economía digital es necesaria para mantener condiciones de mayor equidad entre los distintos participantes del mercado.

La iniciativa también busca:

¿Qué pasa con las actividades financieras?

El proyecto también contempla salvaguardas para evitar que la actualización del régimen tributario de la economía digital tenga efectos no previstos sobre determinadas actividades financieras.

La propuesta reconoce que estas operaciones, por su naturaleza, están sujetas a un tratamiento jurídico y regulatorio diferente.

¿Qué significa para los usuarios de plataformas digitales?

El punto que más interesa a los consumidores es que la aprobación del proyecto podría tener un efecto en el precio final de determinadas operaciones digitales, dependiendo de cómo quede redactada la ley y de cuáles servicios sean finalmente considerados sujetos al ITBMS.

Sin embargo, con la información disponible sobre esta iniciativa no es correcto afirmar que todas las plataformas digitales comenzarán automáticamente a cobrar 7%, ni que todas las suscripciones o aplicaciones tendrán necesariamente ese recargo.

El alcance dependerá del texto que finalmente apruebe la Asamblea Nacional y de las reglas que establezcan las autoridades tributarias.

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