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Panamá Nacionales -  6 de junio de 2022 - 13:14

Transportistas de carga rechazan objeción al proyecto sobre fideicomiso de combustible

El Presidente de la República objetó por inconveniente e inexequible el Proyecto de Ley 808, que crea un fideicomiso para la compensación, rebaja y estabilización del aumento del precio del combustible.
Por Nimay González

Varios transportistas de carga se mantienen realizando un cierre en el paso fronterizo entre Panamá y Costa Rica, en Paso Canoas, provincia de Chiriquí.

La medida la realizan en rechazo objeción hecha por el Ejecutivo al Proyecto de Ley 808, que crea un fideicomiso para la compensación, rebaja y estabilización del aumento del precio del combustible.

Transportistas de carga realizan cierre en Paso Canoas
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“El detalle es el veto de la Ley 808, eso es todo, hay que esperar el Gobierno qué va a hacer porque esa era la única salida que teníamos nosotros como transporte y como pueblo… nosotros ya no tenemos ganancias”, indicó uno de los dirigentes de la Asociación de Transportistas Unitarios de Panamá.

Indicó que si bien es cierto, este sector del transporte está incluido en el beneficio del congelamiento del precio del combustible en B/. 3.95 por galón de gasolina o diésel que ha sido establecido el Gobierno Nacional, varios transportistas no han podido hacer uso del mismo, además de que piden que el beneficio sea aplicado a todas las personas afectadas por el alza del combustible.

“Muchos dicen que no han podido ver cómo es, otros dicen que fueron B/.80.00, a mí no me consta porque yo no he entrado en eso ni entraré, porque nosotros lo que necesitamos es que pongan a valer la Ley 808, eso es lo que necesitamos para todos, para el pueblo, para nosotros, para todos”, enfatizó el dirigente.

Objeción realizado por el Ejecutivo al Proyecto de Ley 808

Según consta en el veto hecho por el presidente de la República al Proyecto de Ley 808 y que tiene fecha del 1 de junio, la decisión se tomó al considerar que el mismo es inconveniente e inexequible.

Detalla que la objeción por inconveniente se sustenta en el criterio emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias, en el que señala que de producirse el incremento de los precios de paridad de importación de los productos derivados del petróleo, esta situación obligaría a la Secretaría Nacional de Energía a solicitar la utilización de los fondos del fideicomiso creado a instancias del legislador para llevar a cabo la compensación, rebaja y estabilización del aumento del precio de estos productos.

Añade que asimismo conllevarían “a pedir la suspensión del cobro del impuesto al consumo que contempla el artículo 1057- G del Código Fiscal para estos mismos rubros; medidas que se adoptarían sin considerar que actualmente, con la recaudación de dicho impuesto, se obtienen los recursos indispensables para sufragar el subsidio del cilindro de veinticinco libras de gas licuado de petróleo (GLP), por lo que, al no determinarse en este proyecto una renta sustitutiva, se dejaría al Estado sin la posibilidad de captar los recursos para afrontar el costo de dicho subsidio”.

Además, se objetó por inexequible “por contravenir lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 159 y en los artículos 52, 276, 277 Y 278 de la Constitución Política de la República”.

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