Con 42 votos a favor, el pleno de la Asamblea Nacional de Panamá aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 510, que incorpora el delito de fraude de paternidad en el Código Penal.
La iniciativa establece sanciones de dos a cinco años de prisión, además de multas de entre cien y quinientos días-multa para quienes incurran en esta conducta.
¿Qué es el fraude de paternidad?
Según el texto aprobado, este delito ocurre cuando un hombre es inducido, mediante engaño u ocultamiento deliberado, a reconocer como hijo a un menor que no es biológicamente suyo, asumiendo responsabilidades legales, económicas y patrimoniales que no le corresponden.
Nueva ley en la Asamblea Nacional: Agravantes del delito
El proyecto contempla un aumento de la pena —de una tercera parte hasta la mitad— en los siguientes casos:
- cuando el fraude se mantenga por más de cinco años,
- si hay dos o más menores afectados,
- o si se obtuvo un beneficio económico reiterado.
Argumentos a favor de la iniciativa
El diputado Jairo Salazar, proponente del proyecto, señaló que la medida busca hacer justicia a hombres que han asumido responsabilidades bajo engaño.
Tras su aprobación en tercer debate, el proyecto deberá ser sancionado por el Ejecutivo para convertirse en ley de la República.